viernes, 7 de diciembre de 2012

LOS BARRIOS CONFLICTIVOS

Ante el debate abierto sobre la crisis de algunos barrios degradados que existen en nuestras ciudades, recurriré al ardid de opinar sobre el problema en la casa del vecino, antes que la nuestra. Por eso, le ha tocado a Francia que tiene su peculiar conflictividad vecinal.

En esta ocasión, abordaré un problema que conozco de primera mano. En efecto, el 26 de marzo de 1991, se produjeron unos importantes disturbios en Sartrouville, una ciudad próxima a París. Ese día, un vigilante mató a un adolescente que acababa de robar una botella de whisky en  una cafetería. La barriada en la que vivía este joven, la “cité des Indes”, se sublevó.  Los altercados duraron varios días, desbordando ampliamente los límites territoriales del  barrio. Analizó la experiencia, Saadia Saali, una  joven que  en su día estuvo  fuertemente  implicada en los conflictos. Actualmente, es la responsable  de un servicio municipal de juventud de Pantin, otra ciudad muy próxima à Sartrouville, también de la periferia de París.  En su momento, comprendió que el objetivo principal tenía que ser que el asesino fuera juzgado.  Sin embargo, con un pequeño grupo de amigos, convencieron a los amotinados para que el combate se librara de otro modo. Pusieron en funcionamiento la Asociación Juvenil de Sartrouville (AJS) que sirvió para pacificar las relaciones entre los jóvenes y la policía.  Ante el miedo a los disturbios, todos los sectores de la sociedad local apoyaron los esfuerzos de la AJS para poner en marcha programas sociales,  de apoyo escolar, de alfabetización. Sin embargo,  cuando se logró la pacificación, la AJS ya no era necesaria políticamente. Ya no servía como bombero. Bien al contrario, el Ayuntamiento  inició su estrangulamiento.  Como reacción, la AJS se presentó con una lista propia a las siguientes elecciones municipales. Actualmente, la brecha entre el barrio amotinado en su día y el Ayuntamiento persiste.
Otro ejemplo de mala gestión de la crisis se planteó al año siguiente, en julio de 1992, en la provincia de Essonne. Casualmente, el inicio de los conflictos vuelve a coincidir con otros “pequeños errores” policiales. Ante el pánico generado en el Ministerio del Interior, el prefecto, órgano equivalente a nuestro subdelegado del Gobierno, recibe la orden de apagar los incendios a cualquier precio.  Valga este muestra de gestión de la crisis. En el barrio de “Hautes-Mardelles », en Brunoy, los lideres de los amotinados reciben una oferta de viajes vacacionales. Que duda cabe que esa oferta es acepada. Por lo tanto, el mensaje es evidente. La generación de jóvenes no violentos, con su discurso sobre la concordia y  las asociaciones de militantes comprometidos se ven desacreditados por los hechos; los más jóvenes obtienen muchos más éxitos si provocan daños materiales.  Es un axioma sencillo de entender.

domingo, 25 de noviembre de 2012

CONCENTRACION DE LA INMIGRACIÓN EN LOS CENTROS DE LAS CIUDADES

El debate sobre la inmigración en las ciudades españolas sigue encontrando réditos electorales en numerosas partes de España. Es cierto que la llegada de personas de otros países implica un cambio de costumbres de la ciudadanía nacional. A menudo, hábitos tan españoles como la defraudación a la seguridad social pasan a ser criticados como si fueran inventos extranjeros. Sin embargo, el extranjero no inventa nada. Repite esquemas de funcionamiento que existían antes de su llegada. Lo que, para algunos, resulta criticable ahora lo es porque lo hacen los "otros", los de fuera.  Por lo tanto, conviene aceptar que si algo es contrario al principio de equidad o a la justicia social, lo ha sido siempre independientemente de quien lo haga.
 El segundo aspecto es la concentración de la inmigración en algunos barrios. El motivo es también una decisión económica. Los centros de las ciudades suelen estar mejor conectados mediante el transporte público. Por lo tanto, el inmigrante, más pobre que el nacional, necesita de esos servicios públicos en mayor proporción. Otro aspecto, también económico, se encuentra en el precio del alojamiento. En los centros de las ciudades, las viviendas suelan ser más viejas que en la periferia. No se trata de vivienda histórica ocupada por población acomodada. Son generalmente barrios reconstruidos en los años 50 a 70 del siglo pasado sobre la malla urbana de un pueblo que paso de zona agrícola a urbana. Todos los centros de las ciudades dormitorios que rodean a nuestras capitales de provincia han sufrido esta especulación urbanística. El resultado es un urbanismo demoledor para la convivencia con total falta de comodidades actuales tales como carencia de aparcamientos, ascensores, calefacción.
Por lo tanto, la población española en esos barrios ha envejecido. Al fallecer los dueños mayores de estos pisos, los herederos optan por alquilarlos al inmigrante en situación legal que realquilará habitaciones a sus compatriotas para poder pagar la renta. No hay que olvidar que el arrendamiento es un mercado libre en cuanto a  precio. Ante el boom de la inmigración a partir de 1992, una parte importante del colectivo inmigrante se encontró en una precaria situación administrativa. No eran legales para obtener tarjetas de residencia pero si eran contratados por la economía submergida. Por lo cual muchos se encontraban a merced de sus propios compatriotas para el acceso a la vivienda mediante realquiler de habitaciones. Al propietario de piso nacional, eso le era indiferente. Ninguna norma impide el empadronamiento en sus pisos llamados patera. Al propietario español, no le  importaba los problemas de convivencia que eso generaba. El sólo estaba para ganar dinero.

viernes, 16 de noviembre de 2012

La inmigración no es delincuencia

Fiel a la línea de este blog, trataré un tema que es de plena incidencia en el vida local: la inmigración. En efecto, las macrocifras que manejan los gobiernos centrales tienen su reflejo inmediato en la vida municipal. Allí es donde se traducen las decisiones administrativas del Gobierno de la Nación en hechos de la vida cotidiana local. La convivencia entre personas supone intercambio de modelos de vida, familia, costumbres religiosas,,,

Una de esas manifestaciones más extrema es la xenofobia, el odio al extranjero. Nuestro país ya tuvo su primer gran episodio racista el 13 de noviembre de 1992 en Aravaca, un barrio de Madrid. Aquel día, murió asesinada Lucrecia Pérez, una inmigrante dominicana recién llegada a España.  Un mes antes, cuando llegó, fue a trabajar como asistente interna en una casa. Al venir de un país pobre, se vio desbordada por el trabajo. En su momento, la empleadora quien la  despidió recalcaba que no sabía lo que era un grifo, un baño o un ascensor.  Fruto de ese despido, se encontró en la calle tuviendo que refugiarse, para dormir bajo techo, en una antigua discoteca abandonada Four Roses. El resto ya forma parte de los hechos probados de la sentencia judicial del año 2001 que condenó a los cuatro asaltantes que disiparon y mataron a Lucrecia.

Todo ello ocurrió en el año de las Olimpiadas de Barcelona y de la Exposición Universal de Sevilla. La necesidad de mano de obra para semejantes obras supuso que los extranjeros con residencia legal alcanzara la cifra de 550.000, la mitad de los cuales procedían de Europa. El resto, eran mayoritariamente suramericanos y africanos. Diferentes ONG calculaban que otros 300.000 extranjeros se encontraban en situación irregular. Como consecuencia de tal desastre adminstrativo, el Gobierno Central inició un proceso de regularización que culminó con la entrega de documentación legal para 110.000 extranjeros.

sábado, 10 de noviembre de 2012

Nuevo blog en francés

Buenos días a todos

He iniciado una experiencia novedosa. He escrito mi primera entrada en el blog http://reclameralamairie.blogspot.com.es/. Pretendo crear una pequeña herramienta, en lengua francesa, para explicar cómo lidiar los conflictos con la Administración española. En España, tanto quien trabaja en el sector público, como en lo privado, en teoría, tiene derechos. Además, también está la faceta de consumidor de un producto o bien usuario de un servicio público, es necesario saber que la Administración tiene su parte de responsabilidad.

Por eso, he decidido abrir esta nueva vía de comunicación para atender en francés a quién reclame mi colaboración.


Un saludo y espero vuestras sugerencias.

sábado, 3 de noviembre de 2012

Aplicar un ERE en un ayuntamiento

El Ayuntamiento de Estepona (Málaga) despide a 176 trabajadores. Es el primer ayuntamiento de España que consigue una sentencia favorable a través de un expediente de regulación de empleo (E.R.E.). Es cierto que lo obtiene sólo en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Málaga. Por lo tanto, los trabajadores aún pueden recurrir ante el Tribunal Supremo. Ahora bien, no deja de ser un esfuerzo titánico a la altura del reto jurídico que en sí representa. Por la complejidad y sobre todo por las repercusiones personales para los letrados municipales, este asunto ha sido llevado por abogados externos a la institución. A salvo errores de la premura en redactar esta entrada, el Ayuntamiento de Estepona ha sido representado por el Departamento Laboral de Irwin Mitchell abogados y por la firma Torres&Alarcón.
 El 25 Octubre de 2012, la Sala de lo Social dictó la sentencia 1662/2012, del que ha sido Ponente, Don José Luis Barragán Morales. Según esta sentencia, el ERE es procedente por sobredimensionamiento de la plantilla municipal. Esto es el fruto de la necesidad de cumplir con el Plan de Ajuste Económico autorizado por la Secretaría General de Administraciones Públicas. El compromiso de rebajar en 6.000.000 euros anuales del capítulo de gastos de personal ha sido la medida que ha obligado a optar por un E.R.E. Sin embargo, el crecimiento de la plantilla municipal se había fraguado en el mandato de la anterior Corporación, dominada por el Grupo Independiente Liberal (G.I.L.). Las causas para fundamentar este ERE han sido tanto causas económicas como organizativas, ambas basadas en una buena fe negocial.
 Como causa económica, se expone la persistente insuficiencia presupuestaria del Ayuntamiento. Éste es el responsable ante la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social de las deudas que mantienen con ellas las sociedades municipales en proceso de liquidación.

viernes, 2 de noviembre de 2012

Condenados por no querer pagar el IBI del garaje

Hoy, traemos aquí una interesante sentencia del Tribunal Supremo relativa a quién tiene que pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles de unos aparcamientos. Hasta ahora, nada nuevo, es el propietario. Sin embargo, tenemos tres partes implicadas.
Como primera parte, se encuentra la abogacía del Estado que hereda un conflicto del Ayuntamiento de Madrid, persona jurídica-pública, con las implicaciones y obligaciones que tiene.
Como segunda parte, se encuentra la empresa constructora llamada PROMOCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS S.L.U.
La tercera parte en conflicto son los usuarios de esas plazas que se encuentran en una situación jurídica peculiar como más abajo veremos. Valga la introducción decir que ellos han pagado un dinero por esas plazas. Por lo tanto, se han constituido en una comunidad de usuarios.
Lo cierto es que el conflicto se salda en el Tribunal Supremo con la desestimación de su recurso. Significa esto que se dicta una sentencia desfavorable que les obliga a pagar hasta las costas causadas a la parte recurrente. Es decir tienen que pagar los honorarios de la parte contraria. Eso sí, añade la sentencia que el importe de los honorarios del Abogado del Estado y del Letrado de la entidad Promoción de Infraestructura no pueden exceder de los 6.000 euros distribuidos por mitad. Un “detallito” por recurrir rozando la mala fe.
Para abundar aún más en la explicación, veremos cuales fueron los HECHOS:

domingo, 21 de octubre de 2012

Cambiar factura emitida al Ayuntamiento para no perder el IVA

Con las últimas modificaciones legislativas, el sector empresarial ha visto satisfecha una vieja aspiración. Se trata de recuperar el IVA repercutido y no pagado por el cliente. Ese IVA, que se ingresa en Hacienda, es una sentencia de muerte para el pequeño empresario o autónomo. 
Seis meses para pequeños empresarios colectivos o individuales (el autónomo)
Ahora, si su empresa tiene un volumen de operaciones en el año anterior inferior o igual a 6.010.121,04 euros puede recuperar antes el IVA de las facturas no cobradas. A partir del 14 de abril de 2010,  el plazo de espera para recuperar el IVA de las facturas no cobradas se ha reducido de un año a seis meses Este plazo se cuenta desde la fecha que tuvo lugar la operación.
Factura rectificativa
Asimismo, dentro de los tres meses siguientes al transcurso de dicho plazo de espera, debe emitir y enviar al deudor una factura rectificativa anulando el IVA repercutido y comunicar a Hacienda que ha procedido a realizar dicha rectificación.  Con esta medida, podrá incluir esta rectificación en su declaración periódica del impuesto. Así, recude la cantidad a pagar por el IVA repercutido que es menor.






domingo, 9 de septiembre de 2012

Bandera azul en las playas españolas

Retomamos nuestra actividad con un tema típicamente veraniego: las playas.

Es de sobra sabido que el turismo en España es una industria que no se va a acabar nunca. Todos saben que tenemos los mejores precios, las mejores playas, el personal más amable, y las instituciones más comprometidas del mundo entero con el medio ambiente.

Basta recordar a nuestra “flamante” industria de la construcción que ha "alicatado hasta el techo” toda la costa española. No sólo lo dice nuestra pujanza económica sino que el mismo Parlamento Europeo (en adelante PE) se ha pronunciado con una Resolución  de 26 de marzo de 2009, sobre el impacto de la urbanización extensiva en España en los derechos individuales de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicación del Derecho comunitario.
 
Fundamentado en determinadas peticiones recibidas de ciudadanos atropellos en sus derechos, ha considerado que las islas y las zonas costeras mediterráneas de España han sufrido una destrucción masiva en la última década. El cemento y el hormigón han saturado esas regiones de tal forma que han afectado no sólo al frágil medio ambiente costero, la mayor parte del cual está nominalmente protegido en virtud de la Directivas sobre hábitats /Natura 2000 y aves, como ha ocurrido en casos de urbanizaciones en el Cabo de Gata y Murcia, sino también a la actividad social y cultural de muchas zonas. Eso  constituye una pérdida trágica e irreparable de su identidad y legado culturales, así como de su integridad medioambiental. Todo ello, se produce principalmente por la avaricia y la conducta especulativa de algunas autoridades locales y miembros del sector de la construcción que han conseguido sacar beneficios masivos de estas actividades, la mayoría de los cuales se han exportado,




viernes, 24 de agosto de 2012

Salarios de tramitación “perdidos” por culpa de cambio legislativo

Desde su creación, este blog ha pretendido la divulgación de sentencias interesantes para los ciudadanos en su relación con la Administración Local.

Sin embargo en esta entrada, se trata de un asunto que supone la reparación de un daño producido por la Administración del Estado a una persona con ocasión de su despido.

En efecto, el 21 de septiembre de 2009, don Melchor representado por el Procurador de los Tribunales, don Julián Sanz Aragón, interpuso recurso contencioso- administrativo número 500/2009 contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de junio de 2009 que denegaba la reclamación de responsabilidad patrimonial por los perjuicios causados al demandante como consecuencia de la aplicación del Real Decreto-Ley 5/2002, de 24 de mayo de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección de desempleo y la mejora de la ocupabilidad. Ese RD ley 5/2002 había sido declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional, hecho que motivó que don Melchor formalizara su demanda en la que terminaba suplicando a la Sala que declarase la revocación de la resolución del Consejo de Ministros de fecha 5/6/2009. Como don Melchor ya había fallecido, su esposa, doña Blanca, le sustituyó procesalmente y concluía su demanda reclamando el derecho a ser indemnizada por el importe de 13.037,05 euros. Además, exigía los intereses desde la fecha de la interposición de la reclamación administrativa previa el pasado 25 de abril de 2008. Todo ello, debía ser el resultado de condenar a la Administración del Estado a estos pagos por la acreditada responsabilidad patrimonial, con imposición de las costas de haber lugar a las mismas.



lunes, 21 de mayo de 2012

Madrid tendrá problemas para cobrar la tasa por utilización privativa dominio público local

Con este sentencia, se anula el epígrafe “Paso de vehículos” de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, del Ayuntamiento de Madrid
El Ayuntamiento de Madrid había recurrido en casación la sentencia que anulaba el Acuerdo Plenario con el que aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, en lo referente al epígrafe "b" Paso de vehículos, art. 11.

En resumidas cuentas, la Sala no aprecia la denunciada infracción del artículo 25 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en relación con el artículo 24.1 a) del mismo texto legal, que se habría producido por anularse el Acuerdo al haber aplicado a la modificación de la Ordenanza exigencias no contempladas en aquellos preceptos. El Tribunal Supremo declara que el recurso no puede prosperar pues la ausencia de verdaderos y efectivos estudios económico-financieros que justificasen el coste y el rendimiento de la tasa, así como la desconexión entre la memoria y la tasa aprobada, constituyen irregularidades de índole suficiente como para anular el Acuerdo controvertido.


martes, 3 de abril de 2012

Cobro ilegal de tasas en el Ayuntamiento de Sevilla

La presente noticia tiene su origen en una investigación judicial que comenzó después de que un agente de la Policía Local fuera detenido por la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco) de la Policía Nacional dentro de una operación contra el tráfico de sustancias estupefacientes que se saldó con la intervención de 1.500 kilos de hachís.

Es triste para la función pública que un empleado público cometa actos ilícitos pero que estos hechos estén directamente relacionados con sus atribuciones es aún más penoso.  A raíz de esta intervención sobre los recursos materiales del agente, veáse la taquilla del agente detenido,  y de unas escuchas telefónicas complementarias, los agentes de la Udyco suministraron suficiente información para que la juez del Juzgado de Instrucción número 8 se decidiera a investigar este presunto delito de cohecho en una pieza separada.

La causa afecta a miembros de la Policía Local que se encuentran en activo y un efectivo ya jubilado, todos ellos pertenecientes a la Unidad de Motoristas, así como a dos personas ajenas al cuerpo. Al parecer, los policías locales imputados, fuera de su horario de trabajo y ataviados con el uniforme policial, habrían realizado trabajos de escolta de traslado de mercancías o servicios relacionados con la grúa, unos trabajos por los que el Ayuntamiento cobra determinadas tasas de baja cuantía, entre 20 y 80 euros, pero que ellos supuestamente se habrían apropiado, sin dar cuenta así al Consistorio municipal.

domingo, 29 de enero de 2012

Ordenanza de espacios pùblicos de Coin (Málaga)

La localidad malagueña de Coín ha aprobado una  Ordenanza que regula el uso del velo islámico en locales públicos.

El texto normativo apela a la seguridad en los edificios oficiales y a la dignidad de las mujeres islámicas en una sociedad que cada vez más avanza por las libertades de las personas y la igualdad de mujeres y hombres.

El planteamiento se justifica de la siguiente manera:

■La prohibición del velo integral se limitará a equipamientos públicos.
■El Ayuntamiento quiere "llevar un ordenamiento dentro del civismo".
■Se afirma que el velo integral es una barrera para que las musulmanas se integren en la sociedad".

Sin embargo, el resultado final implica prohibir el burka en edificios públicos.