domingo, 22 de marzo de 2015

La prostitución en Europa – Propuesta de soluciones para España


Esta entrada retoma el artículo publicado en la revista técnico-legislativa Policía Local, en marzo de 2001. A pesar de la distancia, sigue sin aclararse el marco legal que permite que se siga explotando a un número importante de personas.

INTRODUCCIÓN

El siguiente estudio analiza el régimen jurídico de la prostitución en varios países europeos, Alemania, Inglaterra y País de Gales, Bélgica, Dinamarca, España, Italia, Holanda y Suecia. Con esto, el autor adelanta el soporte legal que complementaría nuestro régimen jurídico español.

La prostitución infantil no ha sido tenida en cuenta en este artículo ya que, afortunadamente, está tipificada como un delito en todo el mundo.

La mayoría de los países europeos se enfrenta a un problema social, la prostitución. Ahora bien, en las sociedades democráticas, las medidas aplicadas son tomadas por el legislador conforme a la percepción de la ciudadanía. Si la ciudadana entiende la prostitución como un problema de orden público, se potencian las medidas amparadas por el Código penal. Si reconoce el componente social, se habilitan medidas administrativas y sociales.
.



ACTUACIÓN POLICIAL EN ESPAÑA

En nuestro país, se entiende la prostitución como el ejercicio habitual y venal por persona de cualquier sexo, mediante precio, de relaciones sexuales con cualquiera que se lo pida, sea o no su único medio de vida. Dicha actividad y su ejercicio no están tipificadas penalmente, aunque es objeto de diversas medidas no penales para evitar su extensión

Cuando la policía local de cualquier municipio se enfrenta al problema de la prostitución, descubre un mundo de miseria  y explotación en el cual el sujeto de su actuación, las personas que ejercen la prostitución no son presunt0s delincuentes.

En efecto, es común que las intervenciones policiales tengan lugar sobre aquellos que ejercen en la calle. Generalmente, la actuación surge a instancia de parte toda vez que su presencia deteriora el nivel económico de un barrio.

Sin embargo, cuando esta actividad está enclavada en barrios degradados, la policía local no recibe la orden de intervenir. La actividad económica del barrio se ha deteriorado y se ha vinculado a este sector. Es políticamente arriesgado intervenir. Abordar esta situación supondría el traslado de este colectivo hacia otras zonas urbanas con las consabidas protestas vecinales. De ahí, la hipocresía.
El hombre público guía fundamentalmente su actuación sobre la base de la obtención del máximo número de votos que le permita mantenerse en el poder en la próxima campaña electoral. Esto no quiere decir que no está dispuesto a propugnar acciones que él considere beneficiosas para la ciudad, pero siempre que el cálculo de ganancias y pérdidas de votos le resulte altamente favorable.
Luego, se permiten niveles de explotación sobre un colectivo tan desasistido como los que "trabajan" en esta zona, porque no sólo no tienen acceso a los grupos de presión, sino que ni siquiera votan.

Es más, aunque no se quieran ver los riesgos sociológicos que suponen la segregación entre el mundo de la prostitución y la ciudad, las autoridades deberían calibrar el alcance de su pasividad. Se están permitiendo altísimos niveles de violencia sobre seres humanos ya que la marginación en la que viven impide la salida de este mundo, el abandono del mercado de las prestaciones sexuales denunciando si cupiera a aquellos que mediante violencia se lucran de este mercado.


SITUACIÓN EN EUROPA

En este estudio, tres aspectos han sido destacados: las  disposiciones penales, fiscales y sociales aplicables a la prostitución:

Este examen de la legislación comparada  pone en evidencia que todos los países condenan todas las formas de proxenetismo; a excepción de España y de Holanda. Sin embargo, en ninguno de los países estudiados, el ejercicio individual de la prostitución constituye un delito.

Suecia es el único país europeo en el cual la contratación de servicios sexuales está prohibida en todas las circunstancias; los clientes arriesgan fuertes penas si pretenden obtener favores sexuales a cambio de dinero.

Alemania regula donde no debe practicarse la prostitución, tanto mediante leyes penales como leyes administrativas. Sin embargo, no se pueden establecer zonas especializadas para la prostitución.

En todos los países salvo Holanda, la ausencia de reconocimiento jurídico de la profesión impide a las personas prostituidas disponer de una cobertura social completa; Algunos países protegen a todos sus nacionales, cubriendo por ende los riesgos de los autóctonos que ejercen la prostitución. Peor suerte corren los extranjeros en este gremio. No acceden a la cobertura sanitaria.

Salvo en España, los ingresos de las prostitutas son imponibles. Está demostrado que el establecimiento de un impuesto supone siempre para quien lo paga una disminución de su renta y por lo tanto, un deterioro de su poder adquisitivo. Pero los demás países europeos han comprendido que la tributación de las rentas de la prostitución permite sufragar parte de los gastos que genera esta actividad. Es ciertamente frío y racional plantearse gravar los rendimientos económicos del sector económico de la prostitución pero es más escalofriante conocer las ingentes cantidades de dinero que circulan sin control.


EL EJERCICIO INDIVIDUAL DE LA PROSTITUCIÓN NO ES DELITO

En ninguno de los países estudiados, el ejercicio individual de la prostitución constituye un delito.
El último país que ha derogado las disposiciones de su Código penal condenando el ejercicio individual de la prostitución es Dinamarca.  En efecto, la ley danesa nº 141 del 17 demarzo 1.999 relativa a la despenalización de la prostitución, entrada en vigor el 1 de julio de ese mismo año, ha suprimido el artículo 199 del Código Penal, caído en desuso desde varios años y en función del cual la policía tenía el deber de apremiar a las personas que, según la policía, obtenían ingresos de manera ilícita. El apremio consistía en conminar a las personas sospechosas de tal actividad para que se buscasen un empleo lícito, dándoles un plazo para regularizar  su situación. Si no cumplían las ordenes de la policía, podían ser condenadas a una pena de cárcel de un año. Según el artículo 2 de la citada ley 141, la prostitución, con el mismo rango que los juegos de dinero y los mantenidos por una mujer que vive de la prostitución, era y sigue siendo considerado como una actividad ilegal. Luego, son actividades a combatir pero, en el objeto de este estudio, los ejercientes de la prostitución no son sancionables a título individual.

Desde la entrada en vigor de la ley danesa, ninguno de los países estudiados  castiga el ejercicio individual de la prostitución, pero la mayor parte de ellos continúa sancionando algunas formas de prostitución, concretamente la captación de clientes en la vía pública. Sin embargo, en España, en Holanda y en Suecia, esta actividad no está tipificada como delito.

EL PROXENETA ES UN DELINCUENTE, SALVO EN ESPAÑA Y EN HOLANDA

A excepción de España y de Holanda, todos los países condenan todas las formas de proxenetismo. Todos los otros países estudiados condenan explícitamente el proxenetismo bajo todas sus formas: incitación a la prostitución, explotación de una persona en situación de debilidad, proxenetismo hostelero. Sin embargo, y contrariamente al de 1.973, el código penal español de 1.995 en sus arts. 187 a 190 no sanciona el proxenetismo de manera general. Castiga sólo el hecho de aprovecharse de ciertas circunstancias (edad, relación de superioridad...) para llevar una persona a prostituirse.

Asimismo, en Holanda, la ley nº 464 del 28 de Octubre de 1999, llamada ley para la supresión de la prohibición general de los establecimientos de prostitución, que ha entrado en vigor el 1 de Octubre 2.000, ha derogado el artículo 250 bis del Código penal que condenaba el proxenetismo de manera general pero ha incrementado las penas aplicables tanto a los proxenetas que coaccionan a sus “protegidos” como la corrupción de menores. Esta nueva ley ha igualmente introducido en la Ley de Régimen local un artículo nuevo, el 151A que permite a los ayuntamientos fijar las condiciones relativas al ejercicio de la prostitución.  Es decir, son los Ayuntamientos los responsables de la licencia de apertura de los locales en el que trabajan libremente personas como prostitutas. De ahora en adelante, el proxenetismo es legal, en la medida en que la prostitución es voluntaria. Esta reforma ha alineado el derecho y la realidad, ya que desde hace muchos años, ninguna acción había sido emprendida contra los proxenetas salvo que hubiera alteración del orden público o violencia.


EN SUECIA CONTRATAR SERVICIOS SEXUALES PUEDE IMPLICAR CARCEL

Suecia es el único país en el cual la contratación de servicios sexuales está prohibida en todas las circunstancias. Desde el 1 de Enero de 1.999, fecha de entrada en vigor de la ley sobre la interdicción de contratación de servicios sexuales, los clientes de las prostitutas pueden ser condenados al pago de una multa, incluso una pena de cárcel de seis meses. Este cambio legislativo es el fruto de veinte años de discusiones parlamentarias.
Otros dos países, Dinamarca y Holanda han recientemente adoptado disposiciones sobre la prohibición de compra de servicios sexuales, pero se aplican únicamente cuando la prostituta es una menor. La nueva ley danesa sobre la despenalización de la prostitución dispone que la contratación de una menor para servicios sexuales constituye un delito penado con cárcel de máximo seis meses. En Holanda, la ley del 28 de Octubre de 1.999 sanciona ya a los clientes de prostitutas cuya edad está comprendida entre 16 y 18 años. La disposición anterior que castiga a los clientes de menores comprendidas entre los 12 y los  16 años permanece en vigor.


Sin haber necesariamente tipificado la contratación de servicios sexuales en delito específico, todos los otros países, en el marco de la lucha contra la pedofilia, condenan el hecho de tener relaciones sexuales  con menores cuya edad sea inferior a cierto límite, variando dicho límite entre 12 y 16 años.



Además, en Inglaterra, la ley de 1.985 sobre los delitos sexuales ha creado uno  nuevo, el Kerb-crawling " (ligue motorizado) consiste en que un hombre que se encuentra en o sobre un vehículo a motor o que acaba de descender de él, aborde a una mujer varias veces para solicitarle sus favores sexuales a cambio de dinero. Este  delito se perfecciona, v.g., cuando un conductor es visto varias veces al volante de su vehículo rodando particularmente despacio en una calle frecuentada por prostitutas.




EN HOLANDA, LAS PROSTITUTAS EXISTEN EN EL DERECHO LABORAL

En todos los países salvo Holanda, la ausencia de reconocimiento jurídico de la profesión impide a  las y los prostitutos disponer de una cobertura social completa
En Holanda, estos disfrutan de la misma protección social que los asalariados o que los trabajadores autónomos, según el régimen bajo el cual ejercen su actividad. Si ejercen en “club”, suelen ser asalariados. El empresario debe pagar las cotizaciones patronales, retener de las nóminas las cantidades que debe aportar cada trabajador, presentar la correspondiente documentación  e ingresar el importe de las cuotas. Luego, están cubiertos en caso de desempleo, enfermedad o accidente.


En los demás países, las disposiciones penales sobre el proxenetismo impiden a los ejercientes de la la prostitución firmar contratos de trabajo y tener el estatuto de asalariadas. Sin embargo, en Bélgica, la jurisprudencia ha fallado que las camareras de los bares que se prostituyen son sin lugar a duda asalariadas. Es más, en ese país, las cajas de seguridad social de los trabajadores autónomos no pueden rechazar su afiliación.

Aunque la prostitución no constituye un delito, su ejercicio es generalmente considerado como relevante de la economía sumergida,  y esas personas viven al margen de la legalidad.

En España, la eficacia general de las normas jurídicas se recoge en el capítulo III del Título preliminar del Código civil. En el artículo 6.3, se articula que los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho toda vez que, con relación a los artículos 1255, 1271 y 1275 los contratantes pudiesen establecer pactos contrarios a las leyes, la moral y el orden público.

En Alemania y en Italia, el código civil también prevé la nulidad de los contratos que contravienen las buenas costumbres, mientras que, en los otros países, esta ausencia de reconocimiento no es explícito.  En consecuencia, las prostitutas no pueden tener el estatuto de trabajador autónomo. Deben por lo tanto suscribir un seguro voluntario, a menos que su país - es el caso de Inglaterra, Dinamarca, Italia y Suecia, ofrezcan una cobertura social mínima a todos sus residentes, independientemente de su actividad profesional.

ALEMANIA REGULA DONDE NO PUEDE HABER PROSTITUCIÓN

En Alemania, el ejercicio de la prostitución no es reprimible en sí, pero ciertas formas de prostitución están condenadas, no sólo por el Código Penal pero también por otros textos.
Los articulo 184 a  y 184 b del Código Penal condenan respectivamente, tanto el ejercicio de la prostitución en la proximidad de las escuelas o de otros lugares destinados a ser frecuentados por menores: como el hecho de contravenir de manera reiterada a las prohibiciones locales de ejercer la prostitución en cierto lugar o en ciertas horas del día. La pena máxima que se incurre consiste en la cárcel durante seis meses.


En efecto,  la ley de introducción al Código Penal deja a los Länder (comunidades autónomas) la posibilidad de prohibir el ejercicio de la prostitución en ciertos momentos del día o en ciertos lugares, en ciertas calles de un municipio determinado, incluso en la totalidad del territorio de un municipio de menos de 50.000 habitantes, lo que significa que los municipios de más de 50.000 habitantes tienen la obligación de autorizar la prostitución en ciertos barrios.
En cambio, la misma ley proscribe, cualquiera que sea el tamaño del  municipio, el hecho de circunscribir el ejercicio de la prostitución a ciertas calles o a ciertos edificios.
Todos los  Länder, salvo el de Berlín, han utilizado la posibilidad que le ofrece la ley de prohibición del ejercicio de la prostitución en ciertos lugares. Por lo tanto, existen prohibiciones en la mayor parte de las grandes ciudades.

La ley de infracciones administrativas " (Ordnungswidrigkeiten) sanciona, tanto las infracciones a las prohibiciones locales, como la captación de clientes en la calle cuando es susceptible de molestar a los peatones. La captación de clientes en la vía pública es sancionable con importantes multas.

SOLO EN ESPAÑA, LA PROSTITUCIÓN NO PAGA IMPUESTOS.



Salvo en España, los ingresos de las ejercientes de prostitución son imponibles.

Consecuencia lógica de su pertenencia a la economía sumergida, la prostitución no constituye una actividad imponible en España.
Por contra, el reconocimiento jurídico de la prostitución en Holanda justifica que los ingresos generados sean imponibles, y que el régimen fiscal difiera según que el titular sea asalariado o trabajador autónomo.
En Bélgica, la situación es casi la misma. Sin embargo, la represión del proxenetismo constituye un obstáculo mayor para la declaración de las prostitutas como asalariadas.
En los otros países, es decir en Alemania, Inglaterra y el País de Gales, Dinamarca, Italia y Suecia, los ingresos de las prostitutas son imponibles, porque el hecho generador del impuesto es independiente de la legalidad de la actividad.
Aunque la prostitución no constituye en si un delito en ninguno de los países estudiados, Holanda es actualmente el único a considerarla como una actividad profesional a parte entera.

En Alemania, el gobierno se ha comprometido a mejorar el estatuto legal de las prostitutas, sobre todo porque la ausencia de reconocimiento por la legislación laboral le parece incoherente frente al reconocimiento fiscal.

En España, en 1.992,  se efectuó una consulta a  la Dirección general de coordinación con las haciendas territoriales[i]del Ministerio de Hacienda sobre la tributación del ejercicio de la prostitución por transexuales. Se quería saber en qué epígrafe de las tarifas del Impuesto debía clasificarse la actividad consistente en el ejercicio de la prostitución por transexuales. El servicio jurídico del Departamento emitió una contestación bastante contradictoria.

Ciertamente, define que el impuesto sobre Actividades Económicas grava el mero ejercicio, en territorio nacional de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las tarifas del Impuesto. Se considera que una actividad se ejerce con carácter empresarial, profesional o artístico, cuando suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos, o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
Esta definición reconoce plenamente la actividad económica que supone el ejercicio de la prostitución pero la consideración de actividades profesionales depende de la clasificación en la correspondiente sección de las tarifas siempre que se ejerzan por personas físicas. La dificultad se presenta porque no se ha querido detallar esta actividad con el epígrafe respectivo.

Sin embargo, aunque las prostitutas no pagan impuestos, diversos establecimientos que emplean prostitutas (salones de masaje, saunas...) tributan por el régimen fiscal propio de su estatuto jurídico, el impuesto de sociedades.


CONCLUSIONES

No está en el ánimo del autor el retorno a la situación existente en España a fecha del Decreto-ley de 3 de mayo de 1956. Con dicho texto, se inició la legislación abolicionista, declarando "tráfico ilícito" la prostitución, prohibiendo y clausurando en todo el territorio nacional "las mancebías y casas de tolerancia".

Pero, indudablemente, algo debe hacerse para solucionar las situaciones de esclavitud en el que subsisten miles de personas atrapadas en las redes de la prostitución.

No toda persona que trabaja en la prostitución lo estará en contra de su voluntad, pero la ausencia de marco legal impide clarificar quien está en esa situación.
Otros países han resuelto esta situación, bien tras veinte años de debate parlamentario como Suecia, bien mediante una práctica pactista como Alemania o con laxitud represiva como Holanda.

Teniendo una estructura territorial similar a Alemania, nuestro Estado podría perfectamente delegar competencias en las Comunidades Autónomas para que, bien por ley autonómica o bien aprobando definitivamente las Ordenanzas municipales fueran ellas las encargadas de regular la posibilidad de prohibir el ejercicio de la prostitución en ciertos momentos del día o en ciertos lugares, en ciertas calles de un municipio determinado, incluso en la totalidad del territorio de un municipio de menos de 20.000 habitantes. Esta mecánica legislativa implica que los municipios con superior población la obligación de pronunciarse políticamente al respecto. La ausencia de pronunciamiento implicaría la prohibición total.

Otra solución existente es la utilizada en Holanda. Allí, el ejercicio individual de la prostitución no es delito, tampoco el proxenetismo cuando el "protegido o trabajador" lo es voluntariamente. Estos parámetros legales han llevado a una modificación legislativa  de la Ley de Régimen local que permite a los ayuntamientos fijar las condiciones relativas al ejercicio de la prostitución.  Es decir, son los Ayuntamientos los responsables de ordenar los locales en el que trabajen libremente personas que ejercen la prostitución.

En resumen, es preciso tomar medidas. Nuestro actual marco legal sólo se caracteriza por su hipocresía. Ahora bien, personalmente, discrepo profundamente de la solución holandesa.







[i] Consulta número 310  - Dirección general de coordinación con las Haciendas territoriales del Ministerio de Hacienda

sábado, 21 de marzo de 2015

21 de marzo: Día internacional para la eliminación de la discriminación racial

Hace 49 años, la ONU proclamó que el 21 de marzo sería el Día Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial. A pesar del casi medio siglo transcurrido, España se incorporó bastante más tarde a este combate. Formalmente, esto ocurrió tras la aprobación de nuestra Constitución cuyo artículo 14 consagra la igualdad de todos los españoles, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Sin embargo, el camino de la igualdad aún no ha llegado a su fin. Los viejos demonios del imaginario español reaparecen regularmente. El extranjero, el judío, el gitano, el musulmán, o el sin papel vuelven a ser los chivos expiatorios de todos los males y todas las injusticias de esta sociedad que les golpea con más vehemencia.

Aprovechándose de la desesperación de una parte cada vez mayor de la ciudadanía, en España como en el resto de Europa, la extrema derecha avanza. Su discurso xenófobo se presenta reconfortante para una parte de la población. Además, la aparente impunidad de las redes sociales permite una libertad de expresión que se utiliza para divulgar discursos racistas, xenófobos y homófobos.

Sin embargo, la extrema derecha formal, estructurada en partidos políticos, no es la única emisora de estos mensajes.  El mar mediterráneo se ha convertido en el cementerio de miles de emigrantes africanos. En Europa, se ha orquestrado una campaña “Mos maiorum” de expulsiones de extranjeros vienen precedidas de redadas masivas para legalizar detenciones arbitrarias. En varios países, los gitanos son expulsados de sus chabolas, supuestamente porque roban. No es más que un cálculo economicista a corto plazo. ¡Qué más da si los niños estaban escolarizados y los padres en proceso de integración!

En España, cuando los gobernantes autonómicos vomitan palabras estigmatizantes, los ciudadanos de sus comunidades se sienten legitimados para practicar actos racistas de manera cotidiana. En el plano nacional, es necesario recordar que las redadas masivas fueron aprobadas en la circular 1/2010 del 25 de enero, de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la policía nacional. Duramente criticado por los sindicatos policiales, Alfredo Pérez Rubalcaba, a la sazón, ministro del ramo acudió a los medios de comunicación para defender una mala interpretación de la misma. Sin embargo, no la derogó. Los controles efectuados a aquellos que no tienen la tez blanca han continuado. Los africanos y los latinos siguen siendo destinatarios de estas actuaciones denigrantes.

El once de enero, millones de ciudadanos europeos afirmamos nuestra solidaridad con el ideario de « Je suis Charlie ».  Hubo un pronunciamiento masivo en contra del odio. Sin embargo, desde esta fecha, los actos islamófobos han aumentado de manera importante. En Francia, en enero, este incremento representó un 70% respecto de 2014. Los actos antisemitas se han multiplicado por dos.

Por todo ello, hoy, 21 marzo, hay que renovar nuestro compromiso de lucha contra toda forma de racismo en nuestra sociedad. Es indudable que el racismo se alimenta sobre las desigualdades. El objetivo debe ser la verdadera igualdad de derechos. La solución pasa por una movilización de toda la ciudadanía en lucha contra los problemas sociales y políticos que son los verdaderos generados de sufrimiento y desigualdad en España.

El ideal de nuestra Carta Magna sigue siendo válido: Todos somos iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

miércoles, 11 de marzo de 2015

In memorian, Eugenio

Hoy, es el aniversario de la muerte de Eugenio, el popular humorista barcelonés,  conocido en el Registro Civil como Eugeni Jofra Bafalluy. Nació el 11 de octubre de 1941 y falleció de un ataque al corazón el 11 de marzo de 2001. Sin embargo, quiero recordarle con cariño de la manera que más me hizo reír, publicando uno de sus mejores chistes:

El eclipse de Sol.

Un día en el cuartel, el coronel dice al comandante:
Mañana a las nueve y media habrá un eclipse de sol, hecho que no ocurre todos los días. Que formen todos los soldados en traje de campaña para presenciar el fenómeno; yo les daré las explicaciones necesarias. En caso de que llueva que formen el gimnasio.
¡A la orden de usía, mi coronel!

El comandante, se va y transmite la orden al capitán:
Por orden del señor coronel, mañana a las 9 y media habrá un eclipse de sol. Según el señor coronel, si llueve no se verá nada al aire libre; entonces en traje de campaña, el eclipse tendrá lugar en el gimnasio; hecho que no ocurre todos los días.
¡A sus ordenes, mi comandante !

El capitán da la orden al teniente y le dice:
Por orden del señor coronel, mañana a las 9 y media en traje de campaña inauguración del eclipse de sol en el gimnasio. El señor coronel dará las órdenes oportunas de si debe llover, hecho que no ocurre todos los días. Si hace buen tiempo y no llueve el eclipse tendrá lugar en el patio.
¡A sus órdenes, mi capitán!

El teniente va al sargento y le dice:
Mañana a las 9 y media por orden del señor coronel lloverá en el patio del cuartel. El señor coronel en traje de campaña dará las órdenes en el gimnasio para que el eclipse se celebre en el patio.
¡A sus órdenes mi teniente!

El sargento le dice al cabo:
Mañana a las nueve y media tendrá lugar el eclipse del señor coronel en traje de campaña por efecto del sol. Si llueve en el gimnasio, hecho que no ocurre todos los días, se saldrá al patio.
¡Vale tito!

El cabo reúne a los soldados y les dice:
Mañana a eso de las nueve y media, parece ser que el sol en traje de campaña eclipsará al señor coronel en el gimnasio ¡lástima que esto no ocurra todos los días!

Si queréis verle en Youtube, pincha aquí.

domingo, 8 de marzo de 2015

Sobre el día internacional de la mujer.

Las mujeres constituyen la mitad de la población. Esta obviedad estadística debería bastar para un reconocimiento de derechos. Sin embargo, no lo es. Principalmente, en zona de conflicto armado, a menudo, son una triste oportunidad para los contendientes quienes afirman defenderlas, por supuesto, sin su consentimiento. 

Tal es el caso de BokoHaram, el grupo terrorista de Nigeria, que justifica su actuación mediante una interpretación torticera del Islám. Para los estudiosos de las redes sociales, dejo las lecturas del hasthtag #BringBackOurGirls que van del apoyo a la sociedad civil nigeriana a la ola de sentimentalismo global, con “celebrities” posando con carteles reivindicativos.Frivolidades al margen, el Comité contra el Terrorismo del Consejo de Seguridad de la ONU acaba de incluir a Boko Haram, en su lista de organizaciones terroristas.

Sin embargo, después de una guerra, las mujeres deben participar activamente en los cambios y soluciones que afectan a la sociedad, incluyendo la resolución de conflictos posteriores.

La experiencia, en muchas resoluciones de conflicto, ha demostrado que es de importancia crucial permitir la participación plena e igualitaria de las mujeres en materia de paz y seguridad. La inclusión de las mujeres aumenta la probabilidad de lograr una paz duradera.
Desafortunadamente, las mujeres a menudo no son vistas como partes interesadas en los procesos de paz. Invitadas a tomar las armas en tiempo de guerra, son relegadas a tareas auxiliares en tiempo de paz.  Tal es la situación del actual proceso de Paz en Colombia.

A menudo, han soportado mayores cuotas de crueldad en los conflictos que los hombres. Por lo tanto, deberían recibir sus proporcionales reparaciones y/o indemnizaciones. En esta línea, trabajan allí varias ONG. Una de ellas, ABColombia. Es un grupo de reconocidas organizaciones del Reino Unido (RU) e Irlanda con diversos programas de trabajo en Colombia, entre otros, un impresionante trabajo sobre la violencia sexual sobre las mujeresdurante el conflicto.

viernes, 6 de marzo de 2015

La Fifa en Qatar

La Federación Internacional de Fútbol Asociación, universalmente conocida por sus siglas FIFA, es la institución que gobierna las federaciones de fútbol en todo el planeta. Como tal organización supranacional, se permite una impunidad propia de las enormes multinacionales.

De hecho, ha condicionado el comportamiento de gobiernos elegidos de forma democrática. A menudo, ha obligado a cambios en la política deportiva de un país, pasando por el cese de algún ministro o secretario de Estado, no afecto a sus intereses.

Peso político
Su mayor negocio mediático es el Mundial de fútbol, de carácter cuatrienal. Como no existe un parlamento mundial, la FIFA se siente legitimada para avalar regímenes de escasa sensibilidad democrática. En algunos países, la Copa del Mundo de fútbol ha servido para legitimar golpes de Estado como en Argentina 1978. En otros, como en Brasil 2104, fue la evidencia de la corrupción y de la ineficacia. 

Qatar 2022
En Qatar, las críticas se plantean desde los derechos humanos de los trabajadores casi esclavizados que construyen las infraestructuras necesarias para el evento. De hecho, dos investigadores sobre derechos humanos han desaparecidos, Ghimire Gundev y Krishna Upadhyaya, en Qatar. Los dos británicos habían venido siendo vigilados y acosados por agentes de seguridad qataríes mientras documentaban extremas violaciones de los derechos de los trabajadores en el Estado del Golfo. Desaparecieron cuando se disponían a abandonar su hotel hacia el aeropuerto de Doha para salir del país el 31 de agosto.

CSI
La Confederación Sindical Internacional ha manifestado su profunda inquietud por la seguridad y el bienestar de sus dos investigadores sobre derechos humanos mientras la FIFA continúa con los planes. Por supuesto, los demás gobiernos han efectuado las consabidas "enérgicas protestas", sin más publicidad que la escueta nota en los periódicos que se han atrevido a criticar el evento de 2022. Así es el negocio del fútbol. 

Racismo en el futbol
Según Joseph Blatter, su presidente, la FIFA estaría centrada en una lucha directa contra el racismo y la discriminación en los campos de juego. Tan es así que se estaría dispuesto a quitar puntos e incluso hacer perder la categoría a aquellos cuadros que se vean involucrados en estos repudiables actos. Sin embargo, los reglamentos de la FIFA no son aplicados en todos los países. Lo común es castigar a un estadio y propinar una multa. No es bueno para el negocio reprimir en exceso.

Luis Tejada
La Federación Panameña de Fútbol reprocha cualquier tipo de acto racista en contra de sus trabajadores, tanto a nivel nacional como a nivel internacional. Por eso, ha publicado la carta enviada a Edwin Oviedo, Presidente de la Federación peruana de Fútbol. En ella, se repudian los insultos 'racistas' en contra de un futbolista panameño Luis Carlos Tejada Hansell, quien milita en el club Juan Aurich de Perú".

El titular de la FIFA mostró su molestia y le llamó la atención al fútbol sudamericano donde aún no se han tomado serias cartas en el asunto. En Sudamérica, el caso de Luis Tejeda está dando la vuelta al mundo y no se descarta la intervención de la FIFA en este caso que ya tiene sanción de parte de la Comisión de Justicia de la ADFP.

Qatar: moderna esclavitud
Qatar es el ejemplo de la hipocresía de la FIFA. Allí, se vive una situación esquizofrénica. Por una parte, la FIFA ha decidido que  la Copa del Mundo se celebrará en 2022. Magnífico evento que promociona el fútbol como deporte a la vez que planifica la actividad económica de los países hacia un desarrollo no siempre sostenible. Por otra parte, es el paradigma de la nueva esclavitud.